
Titulación Requerida: Sin determinar
Requisitos: * Se convocan los siguientes procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación (CDMF), y aprobar las bases que los regulan: 1. Código de proceso 2025021: proceso de selección mediante la forma de ingreso directo sin exigencia de Titulación de Técnico Superior (TTS), para la incorporación como militar de carrera en las escalas de suboficiales de los Cuerpos Generales y del Cuerpo de Infantería de Marina. 2. Código de proceso 2025022: proceso de selección mediante la forma de ingreso directo con exigencia de Titulación de Técnico Superior (TTS), para la incorporación como militar de carrera en las escalas de suboficiales de los Cuerpos Generales y del Cuerpo de Infantería de Marina. 1. REQUISITOS: Para ser admitidos en cada uno de los procesos de selección, las personas interesadas deberán reunir en las fechas indicadas y mantener hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación los siguientes requisitos: 1.1 El día de finalización del plazo de presentación de solicitudes: a) Poseer la nacionalidad española. b) Tener cumplidos o cumplir en el año en curso los dieciocho (18) años de edad y no cumplir, ni haber cumplido en el año 2025, las siguientes edades máximas: – Sin Titulación de Técnico Superior: veintiún (21) años. – Con Titulación de Técnico Superior: veintiséis (26) años. c) No estar privado de los derechos civiles. d) Carecer de antecedentes penales. e) No hallarse procesado, imputado, investigado o encausado en algún procedimiento judicial por delito doloso. f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas. g) No haber causado baja en un centro docente militar de formación por las razones establecidas en el artículo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre. h) No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales o de condiciones psicofísicas. i) No podrán participar en los procesos de selección para cursar enseñanzas del mismo nivel y características, quienes hayan causado baja en un centro docente militar de formación por el motivo establecido en el artículo 71.2.b) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre. j) En el caso de haber dado positivo en la detección de sustancias psicotrópicas o drogas en la analítica que en el seno de un proceso de selección anterior le hubiera sido practicada, deberá haber transcurrido un periodo de un año, contado a partir de la fecha de exclusión. k) El personal militar no debe haber dado positivo en las pruebas de detección de sustancias psicotrópicas o drogas que se le hubieran realizado dentro del periodo de un año inmediatamente anterior a la fecha límite de presentación de solicitudes. l) Carecer de inserciones o tatuajes que puedan ser contrarios a los valores constitucionales o atentar contra la imagen de las Fuerzas Armadas. m) No podrán presentarse al proceso de selección para una determinada escala, aquellas personas que formen parte del alumnado de la enseñanza militar de formación de esa misma escala, por haber sido seleccionadas en un proceso anterior. n) El personal militar no debe tener anotadas con carácter firme en vía administrativa, en su historial militar individual, sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves. * PARA MÁS INFORMACIÓN CONSULTAR BASES (REQUISITOS ESPECÍFICOS).
Organismo: Ministerio de Defensa
Plazas: 302
Observaciones: * SOLICITUDES: 1. CON CERTIFICADO ELECTRÓNICO: Se cursarán, para los procesos de selección en los que se desee participar, directamente sobre la página web https://sede.defensa.gob.es/acceda (Procedimientos, Procesos Selectivos), utilizando cualquiera de los métodos de identificación aceptados en la plataforma cl@ve (DNIe o Certificado electrónico, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente). En la citada sede electrónica, una vez cumplimentado el formulario de solicitud y anexada la documentación requerida, se procederá a firmar electrónicamente la solicitud enviándola al Registro Electrónico del Ministerio de Defensa, que le proporcionará el correspondiente acuse de recibo. 2. SIN CERTIFICADO ELECTRÓNICO: Las personas solicitantes que no dispongan de certificado electrónico, deberán cumplimentar la solicitud en la sede electrónica «sin certificado electrónico» (utilizando el icono «solicitud presencial»), imprimirla, y firmarla. Dicha solicitud junto al resto de documentos requeridos, se tramitará como se indica en el punto 2.2 de esta base y el apartado 2 del Apéndice 2. No será admitida ninguna solicitud sin sello de registro o sellada con fecha posterior al plazo de admisión de solicitudes. * PLAZO DE SOLICITUDES: El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Convocatoria: Enlace a convocatoria en el BOE
Fuente: BOE nº 115 de 13/05/2025 (Pág.62105)
Fecha publicacion:
14/05/2025